Cuando una persona fallece sin dejar un testamento válido, su patrimonio se distribuye de acuerdo con las leyes de sucesión intestada del lugar donde residía la persona fallecida.
En la mayoría de las comunidades autónomas de España, la distribución del patrimonio en ausencia de un testamento está regulada por el Código Civil. Aquí tienes un resumen general de cómo podría distribuirse el patrimonio en diferentes situaciones:
- Con cónyuge y descendencia: Si el fallecido tiene cónyuge y descendencia (hijos o nietos), el cónyuge sobreviviente tiene derecho al usufructo del tercio de mejora de la herencia, mientras que los descendientes heredarían el resto de la herencia por partes iguales.
- Con cónyuge pero sin descendencia: Si el fallecido tiene cónyuge pero no tiene descendencia, ni ascendientes (padres o abuelos), el cónyuge será el heredero de la herencia. Si sí existen ascendientes, el cónyuge recibirá el usufructo de la mitad de la herencia. La parte que le corresponda a los padres, se distribuirá entre los padres del fallecido en partes iguales, o si uno de los padres ya ha fallecido, esa parte pasará al superviviente.
- Sin cónyuge ni descendencia: Si el fallecido no tiene cónyuge ni descendencia, la herencia se distribuirá entre los padres del fallecido en partes iguales, o si uno de los padres ya ha fallecido, esa parte pasará al otro progenitor.
- Sin cónyuge, descendientes, ni padres: En este caso la herencia pasará a los hermanos del fallecido y sus descendientes, si los hay. Si no hay hermanos ni descendientes de los mismos, la herencia se distribuirá entre los tíos o primos del fallecido.
Conclusión
Es importante tener en cuenta que pueden surgir variaciones dependiendo de las circunstancias específicas de cada caso. Además, las leyes de sucesión pueden diferir ligeramente entre las distintas comunidades autónomas de España. Por lo tanto, es muy recomendable buscar asesoramiento legal para entender cómo se aplicarían estas leyes en una situación particular. No dudes en consultarme.