En España, según la normativa vigente, el límite máximo de pago en efectivo es de 1.000 euros para todo tipo de operaciones, realizadas tanto entre particulares como entre profesionales. Esto significa que cualquier cantidad que supere este límite debe ser pagada mediante transferencia bancaria u otro medio de pago electrónico.
Es importante tener en cuenta que el incumplimiento de esta normativa puede ser sancionado con multas que oscilan entre el 25% y el 1% del importe total del pago realizado en efectivo, dependiendo del grado de infracción. Además, la transacción en sí misma no tendría validez legal, lo que puede acarrear problemas a posteriori. Por lo tanto, es recomendable utilizar medios de pago electrónicos o bancarios en la compraventa de un piso.
¿Qué dice la ley?
Efectivamente, el 11 de julio de 2021 entró en vigor en España la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que incluye diversas modificaciones en materia de límites de pago en efectivo.
Entre las novedades más relevantes se encuentran:
- Se reduce el límite máximo de pago en efectivo a 1.000 euros entre particulares y entre personas jurídicas (empresas y profesionales). Anteriormente era de 2.500 euros.
- Se establece igualmente el nuevo límite máximo de pago en efectivo de 1.000 euros para operaciones en las que alguna de las partes actúe en calidad de empresario o profesional, aunque la otra parte sea un particular.
- Se establece la obligación de los comerciantes y profesionales de informar a la Agencia Tributaria de los pagos en efectivo que reciban de sus clientes cuando el importe sea igual o superior a 1.000 euros.
Conclusión
Es importante destacar que estas medidas tienen como objetivo prevenir el fraude fiscal y fomentar la utilización de medios de pago más seguros y trazables, como las transferencias bancarias o las tarjetas de crédito. El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones económicas para los infractores. Lo mejor es contactar con un profesional especializado en derecho inmobiliario.
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