Tanto en tu vivienda como en tu edificio pueden ocurrir accidentes. En este caso, ¿quién se hace cargo de los gastos ocasionados? Por ello, es muy importante que la Comunidad de Propietarios contrate un seguro comunitario. Debe aprobarse en junta de propietarios por mayoría simple. Aunque en la Ley de Propiedad Horizontal no se establece como obligatorio, sin embargo tanto en la Comunidad de Madrid como en la Valenciana sí es obligatorio (por Ley 85/2004, de 20 de Octubre de la Generalitat Valenciana).

Aquí te explico las principales razones para contratarlo:

Es muy recomendable que al contratar un seguro, éste responda a todas las necesidades particulares de cada edificio. Ahora puedo ofreceros este nuevo servicio, y encontraré el seguro que mejor se adapte a tu comunidad.

Si el edificio está dotado con un ascensor, lo mejor es que revises bien la cobertura, ya que puede estar repetida en el contrato de mantenimiento del ascensor y también en el seguro del edificio, por lo que estaréis pagando el servicio dos veces. Este es uno de los ejemplos de duplicidad más comunes….

Abert es la solución cerca de ti.

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