A la hora de vender una vivienda, algunos propietarios optan por ocultar sus desperfectos. ¿Se trata de una práctica legal?

Los desperfectos invisibles se denominan «vicios ocultos» y suelen estar relacionados con la cimentación, con el agua o con la instalación eléctrica.

La ley obliga al propietario a dar a conocer los vicios ocultos de una vivienda que quiera vender. Si a pesar de ello, decide no informar, el comprador puede exigirle que responda por ellos, recurriendo a un perito o arquitecto que demuestre que los daños ya existían antes de la compra. El comprador tiene seis meses desde que adquiere la vivienda en caso de segunda mano o dos años en caso de obra nueva para reclamar.

En caso de vicios ocultos, el comprador cuenta con dos opciones:

En cualquier caso, para evitar este tipo de situaciones, a la hora de comprar un inmueble, es importante inspeccionar su estado, así como las posibles cargas que existan sobre éstos.

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