{"id":1018,"date":"2022-02-18T10:00:00","date_gmt":"2022-02-18T09:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/abert.es\/?p=1018"},"modified":"2023-03-07T09:35:59","modified_gmt":"2023-03-07T08:35:59","slug":"herencias-en-espana-en-2022","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/abert.es\/en\/18\/02\/herencias-en-espana-en-2022\/","title":{"rendered":"
Las Herencias en España.<\/p>"},"content":{"rendered":"
¿Debo aceptar una herencia? Lo lógico es que respondas que claro que sí. No obstante, durante los últimos años se ha multiplicado el número de renuncias a herencias, debido al desconocimiento en esta materia y el quebradero de cabeza que producen. El aceptar una herencia supone que asumes tanto las deudas como los bienes. Tanto si optas a aceptarla como si no, tendrás que realizar una serie de gestiones burocráticas, recabar documentación, ir al notario, etc…
Existen mecanismos legales que pueden beneficiarte considerablemente a nivel fiscal y que te explicaré cuando lo necesites. ¿Cómo se hace un reparto de herencia? ¿Qué sucede si no hago testamento?<\/p>
La principal fuente legislativa que regula las herencias y todos los trámites necesarios para la sucesión en España es el Código Civil, a través del título III del libro III, llamado «De las sucesiones» . Aunque coexiste con otros derechos forales reconocidos como la ley de herencias de Cataluña, Aragón, Baleares, Galicia, Navarra y País Vasco.<\/p>