En primer lugar, quiero daros la bienvenida a mi primer artículo de contenido jurídico del blog de Abert. Abert es una consultoría, no una Inmobiliaria, ya que no me dedico a la venta o alquiler de inmuebles, si no a la gestión y tramitación documental de los mismos. Os iré presentando todos mis servicios de forma progresiva en este blog.

A partir del 10 de Noviembre de 2021, la forma de calcular el impuesto de plusvalía municipal ha cambiado. Pues anteriormente, el importe a pagar era distinto dependiendo del coeficiente que aplicase cada municipio. Asimismo tampoco se tenía en cuenta el beneficio real obtenido por la venta, pagándose incluso cuando el valor del terreno había disminuido.

En la actualidad, la nueva normativa permite a los propietarios elegir entre dos opciones para aplicar el impuesto. Y de esta forma elegir la fórmula que les sea más favorable:

  1. Método objetivo: Se aplica un coeficiente actualizado anualmente por el ayuntamiento al valor catastral, (de acuerdo al nuevo art.107 Ley Reguladora Haciendas Locales) en función de la evolución del mercado inmobiliario.
  2. Método real: Aplica directamente la diferencia entre el precio de venta y el de adquisición.

Dependerá de cada caso individual, cuál es para ti la mejor opción. Para más información puedes contactar conmigo, resolveré todas tus dudas. Soy la solución cerca de ti. Si te ha gustado, no olvides compartirlo con todos tus contactos.

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