El usufructo es un derecho real que permite a una persona (usufructuaria) disfrutar de un bien ajeno sin ser su propietario. Existen dos tipos principales de usufructo: el vitalicio y el temporal. Ambos presentan diferencias significativas en cuanto a su duración y efectos legales.
Al tratarse de un derecho real, el derecho de usufructo es susceptible de inscribirse en el Registro de la propiedad y también de ser cargado con un embargo por acreedores del usufructuario, si fuere el caso.

¿Cuáles son las diferencias entre usufructo vitalicio y temporal?
- Duración:
- Usufructo vitalicio: Se mantiene hasta el fallecimiento del usufructuario.
- Usufructo temporal: Tiene un plazo determinado, que puede fijarse en años o vincularse a un evento específico.
- Extinción:
- Vitalicio: Finaliza con la muerte del usufructuario.
- Temporal: Expira al cumplirse el plazo o condición establecida.
- Derechos del usufructuario:
- En ambos casos, el usufructuario tiene derecho a usar el bien y obtener sus beneficios, pero sin alterar su esencia o destino.
- Efectos legales:
- Propietario: En el usufructo vitalicio, el nudo propietario debe esperar a la muerte del usufructuario para recuperar la plena propiedad. En el temporal, recupera el bien al vencimiento del plazo establecido.
- Implicaciones fiscales: Ambos tipos pueden estar sujetos a impuestos como el de sucesiones y donaciones, o el impuesto de transmisiones patrimoniales, dependiendo de las circunstancias y de la legislación vigente.
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