La reforma de un piso de alquiler, al igual que las reparaciones de desperfectos, suele ser uno de los motivos más frecuentes de disputa entre el inquilino y el casero, para decidir quién se hace cargo de los mismos. A día de hoy todavía existe mucho desconocimiento acerca de qué derechos y obligaciones tiene cada uno de ellos.

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en el artículo 21 establece en qué casos es el casero quien debe hacerse cargo de las posibles reformas. Es el arrendador quien está obligado a realizar todas las reparaciones necesarias para conservar la vivienda, a no ser que sean a consecuencia del uso ordinario de la vivienda, que en este caso recaen en el arrendatario. Deberemos tener en cuenta otras variables, como el importe de la reparación, el tiempo que lleve alquilada la vivienda, la vida del aparato a reparar, etc…

Reformas a cargo del inquilino

Es responsable de aquellas reparaciones causadas por el uso diario de la vivienda. Deberá comunicarlo por escrito al casero para que éste dé su consentimiento para llevarlas a cabo.

Reformas a cargo del casero

Deberá hacerse cargo de todas las reparaciones para mantener la vivienda en perfectas condiciones de habitabilidad. por motivos derivados del paso del tiempo y no del uso ordinario.

Ejemplos de reformas que irán a cargo del casero y que en ningún caso podrán elevar la renta de alquiler.

Conclusión

La Ley de Arrendamientos Urbanos no establece un plazo para que el casero arregle los desperfectos que haya en la vivienda, aunque tarde o temprano deberá hacerlos, aunque haya finalizado el contrato. Lo mejor es que contactes con un profesional especializado para que pueda asesorarte durante todo el proceso. Abert es la solución cerca de ti.

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